Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial
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Es una autorización que podrán obtener los extranjeros, titulares de una estancia por estudios, una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior y que hayan alcanzado como mínimo el nivel 6 (Grado, Master, Doctor) de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones.
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
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Solicitud EX01 debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero/a que se podrá descargar en la siguiente página web: https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html.
Seleccionando: Titular de estancia por estudios superiores que cesa, para búsqueda de empleo (DA 17ª Ley 14/2013).
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Fotocopia completa del pasaporte en vigor y en vigor.
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Documentación acreditativa de disponer de medios económicos. Para acreditar esta última circunstancia, el solicitante presentará una declaración responsable en la que detallará los medios con los que acredite la suficiencia de recursos.
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Documentación acreditativa de disponer de seguro médico público o privado contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
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Documentación que acredite haber obtenido el título o certificado de educación superior u otra prueba de cualificación oficial.
PROCEDIMIENTO
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Sujeto legitimado: El extranjero personalmente, con su certificado electrónico, por medios electrónicos, a través de la plataforma Mercurio en la sede electrónica http://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html
Tendrá que elegir la provincia en la que vaya a residir, y el formulario Modelo EX01.
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Plazo de presentación: sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización de estancia por estudios y durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de dicha autorización de estancia. La solicitud presentada en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
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Duración de la autorización: 12 meses de duración.
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Plazo de resolución: 20 días hábiles (no se incluyen sábados, domingos ni festivos), transcurridos los cuales se entenderá concedida por silencio administrativo.
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Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.
ACCESO A LA HOJA INFORMATIVA
IMPORTANTE: El contenido de esta hoja informativa tiene carácter orientativo. Únicamente será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.