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NACIONALES DE UCRANIA

Según lo dispuesto en la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida, y en el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, a los ciudadanos de Ucrania se les tramitará una autorización de residencia y trabajo temporal de 1 año prorrogable por otro año con un máximo de 3 años.

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania (visualizar documento)
 
IMPORTANTE: DESCARGUE LA GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN MURCIA (PULSE AQUÍ)
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(25/03/2022) A PARTIR DEL LUNES DÍA 28 DE MARZO SE PODRÁN PRESENTAR LAS SOLICITUDES EN LA BRIGADA DE EXTRANJERÍA DE MURCIA, COMISARIA DE CARTAGENA Y COMISARIA DE LORCA (pida su cita según se informa en la guía que puede descargar en el enlace superior)
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Puede realizar consultas sobre este procedimiento a través de la web https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG (DEBE ELEGIR EN EL APARTADO OFICINAS LA OPCION 1 CONSULTAS UCRANIA)
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18/03/2022
EL MINISTERIO DEL INTERIOR HA CREADO UN COMPLETO FOLLETO INFORMATIVO SOBRE PROTECCIÓN INTERNACIONAL PARA AFECTADOS POR CONFLICTO EN UCRANIA (disponible en español, ucraniano, inglés y ruso) 
Pulse aquí para dirigirse a la web
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El Ministerio de Inclusión ha publicado una guía con información básica dirigida a las personas desplazadas desde Ucrania:
Descargue aquí guía en castellano
Descargue aquí guía traducida
 
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A continuación les facilitamos enlaces de interés a webs del Ministerio de Inclusión donde puede encontrar información para desplazados ucranianos:
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https://www.inclusion.gob.es/es/ucrania/index.htm
 
https://www.inclusion.gob.es/es/ucrania/protecciontemporal/index.htm
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En el caso de necesitar ayuda  (alojamiento, manutención….) debe dirigirse a las oficinas de ACCEM bien acudiendo directamente, o a través de los siguientes teléfonos o correos electrónicos:

  • En Murcia, en horario de 8:00h a 18:30h en la oficina situada en calle Ricardo Gil, nº 5 Bajo.

Teléfonos: 664 42 00 78 y 617 15 66 40

Direcciones de correo electrónico: aquesadaa@accem.es y jiniestal@accem.es 

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  • En Cartagena, en horario de 8:00h a 18:30h en la oficina situada en calle Ciudadela, nº 17Bajo.

           Teléfono: 637 02 89 61.

           Dirección de correo electrónico:  bvalerac@accem.es  

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